El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) estableció que la emisión de un 30% de programación local e independiente en las televisoras abiertas nacionales deberá ser de estreno y distribuida en sus cuatro franjas.
Mediante la Resolución firmada por la titular del organismo, Silvana Giudici, se le dio a los licenciatarios de servicios de TV abierta un plazo de 60 días para cumplir con esta obligatoriedad, prevista en el artículo 65 inciso 2 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Nº 26.522.
Entre las previsiones contenidas en ese artículo, el apartado “c” del inciso 2 indica que es obligatoria la inclusión del 30% de programación local e independiente en las estaciones localizadas en ciudades de más de 1,5 millones de habitantes. Cuando estos canales se establezcan en áreas de más de 600.000 habitantes deberán emitir un mínimo del 15%, y en localidades de menor población, un 10%.
Esta resolución se emitió semanas antes de que el Senado de la Nación le diera media sanción la denominada “Ley Corta de Telecomunicaciones” que establece entre sus modificaciones más importantes el ingreso de las telefónicas al negocio de la TV de paga en Argentina desde enero 2021 (para centros urbanos de más de 100.000 habitantes) hasta enero 2022 (para localidades más pequeñas).