Qué es la reciprocidad satelital. Y porqué la Argentina debe exigirla

Esta información fue publicada, entre otras noticias, el miércoles pasado. Pero decidimos que AgendAR debía hacerla una posición del portal. Aquí la reiteramos como tal.

El diputado nacional Rodrigo Martín Rodríguez presentó un proyecto de ley que busca garantizar la reciprocidad en las condiciones de provisión de los servicios satelitales de comunicaciones nacionales e internacionales, en el marco de los acuerdos suscriptos por el Estado Nacional.

Según el diputado Rodríguez, se busca «dejar expresado taxativamente en la ley los términos de la reciprocidad, ante el avance de autorizaciones satelitales otorgadas por el Gobierno que no cumplen el espíritu de las normas vigentes y no resguardan la soberanía y el interés nacional”.

El concepto de reciprocidad se encuentra establecido en el “Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales”, junto a una serie de requisitos y condiciones para el acceso al mercado argentino de los proveedores de esos servicios. Desde 1999 nuestro país celebró seis acuerdos de reciprocidad con otras naciones, todos vigentes a la fecha: Estados Unidos (1998), España (1999), Países Bajos (2000), Canadá (2000), Brasil (2001), México (2002).

Sobre la base de estos acuerdos se autorizaron satélites en Argentina de los siguientes operadores: Intelsat y Directv (Estado Unidos), Telesat (Canadá), SES (Países Bajos), Hispamar (Brasil), Eutelsat Américas (México), Hispasat (México).

En el 2018 el ex Ministerio de Modernización realizó una nueva interpretación del reglamento y otorgó autorizaciones no en función a la nacionalidad del satélite con cuya administración se firmaba el acuerdo sino en función de la posición orbital de la administración notificante ante la UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones). Sobre todo, se otorgaron autorizaciones a naciones de las que el operador nacional no recibe igual tratamiento, esto es, no le habilitan la prestación del servicio.

Actualmente se puede observar las controversias surgidas de la autorización de satélites de operadores europeos de filiales en Brasil y México, como es el caso de Hispamar (Brasil) filial de Hispasat (España) y Eutelsat Américas (México) filial de Eutelsat (Francia).

“Pretendemos dar cumplimiento al sentido estricto de la reciprocidad y evitar situaciones de trato desigual entre administraciones que brinden servicios en nuestro país, pero que nos prohíben hacerlo en sus jurisdicciones”, afirmó el autor del proyecto.

Se propone establecer la prohibición de toda autorización de satélites no argentinos que operen en Banda Ka hasta que sea lanzado y puesto en servicios el ARSAT-3 o el próximo satélite del operador ARSAT. Además, el proyecto determina que los satélites argentinos, entendiendo por tales a los que utilicen un recurso órbita-espectro a nombre de la Nación Argentina, a los satélites construidos en la Nación Argentina o a las empresas operadoras de satélites que fueran propiedad del Estado Nacional o en las que éste tuviera participación accionaria mayoritaria, se encuentran autorizados a brindar servicios. Esto último implica, entre otras cosas, que cualquier operador extranjero tendrá los derechos de aterrizaje asegurados si el artefacto es fabricado en Argentina, sin importar la bandera del operador o la administración notificante de la posición orbital que ocupa, en una clara búsqueda de promover las capacidades de INVAP para fabricar satélites geoestacionarios.

En AgendAR creemos que, sin importar las diferencias políticas entre los legisladores, este proyecto brinda una oportunidad de recuperar soberanía argentina en la nueva y fundamental frontera del espacio cercano. Debería ser estudiado y aprobado por el Congreso.

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