Reformas jubilatorias «escondidas» en el Presupuesto

La prestación social que hoy se asigna a quienes tienen cumplidos 65 años y no lograron completar los 30 años de aportes requeridos para jubilarse, tendría desde 2019 un acceso restringido.

Según el proyecto de presupuesto presentado en el Congreso, el Ministerio de Hacienda busca que la llamada Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) sea incompatible con cualquier tipo de trabajo en relación de dependencia o por cuenta propia. Esta condición actualmente no existe, porque la prestación surgió con la consigna (entre otras) de ser útil para quienes, al tener aportes pero no en cantidad suficiente, puedan acceder temporalmente al cobro y, a la vez, ir reuniendo los requisitos para después solicitar el beneficio de jubilación completo.

La PUAM, una prestación mensual que equivale al 80% del haber mínimo (hoy es de $ 6.909), fue creada a mediados de 2016 por la ley 27.260. Para acceder a su cobro se fijaron los requisitos de tener 65 años como mínimo (igual edad para varones y mujeres), y de ser argentino natural, por opción o naturalizado (en este último caso, con una residencia legal mínima en el país de diez años) o ser extranjero con residencia legal mínima acreditada de 20 años.

La propuesta oficial, que tiende a contener las erogaciones del sector público en prestaciones sociales, se suma a otra referida a reducir los montos adicionales que cobran los pasivos incluidos en el sistema que viven en la Patagonia.

Actualmente se aplica un diferencial por el cual los montos que rigen para el resto del país se multiplican por 1,4 para quienes residen en las provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego y en el partido bonaerense de Carmen de Patagones. La propuesta es bajar ese coeficiente a 1,20 para los haberes «que no superen dos veces el haber mínimo».

Otro de los temas, el que probablemente tenga más peso para los egresos del Estado, que se quiere impulsar en el corto plazo es el “principio de sustitutividad” de la jubilación; es decir, el porcentaje que representa el haber si se lo compara con el salario que recibía el beneficiario en su último año como trabajador.

La idea del Gobierno es que ese porcentaje tenga un “techo” de aproximadamente el 60%. El factor que le imprime urgencia al tratamiento de este tema es un reciente fallo de la Cámara de Apelaciones de la Seguridad Social, que ubicó ese porcentaje en el 70% del salario.

Es que si se confirma ese fallo, se abre la puerta para que miles de jubilados realicen millonarios juicios al Estado por actualización del haber y cobro de retroactivos. El monto que puede resultar de ello es incalculable.

Adrián Tróccoli, titular del estudio que lleva su apellido, explicó que “el principal problema de este cambio está dado en los cuentapropistas que tienen ingresos reducidos o eventuales”.

Otro de los temas clave es el de la pensión vitalicia. Al respecto, se baraja la idea de adaptarla al sistema de compensaciones del Código Civil. Por ejemplo, que a una persona que enviuda a los 35 años y que estuvo 10 años casada, se le pague la prestación por ese tiempo (para luego perder el beneficio).

Resta por verse si la “mini reforma” jubilatoria logrará ser aprobada o, en cambio, sus contenidos provocarán rechazo en el Congreso.

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