Hoy, martes 18, está previsto que la Corte Suprema de Justicia dicte sentencia en la causa referida a un caso particular, el del jubilado Lucio Blanco. Pero la jurisprudencia que deje sentada influirá, necesariamente, en lo que debe pagarse a centenas de miles, quizás millones de otros jubilados.
Lo que ya puede decirse con seguridad es que ese fallo será, en todo caso, una compensación parcial del perjuicio que ha sufrido la clase pasiva en doce meses.
Este mes se cumple un año de la sanción de la nueva Ley de Movilidad Jubilatoria que definió un nuevo marco para calcular los incrementos de los pasivos. Así, se comenzó a considerar un valor que se compone en un 70% de la variación del IPC nacional y en un 30% de la evolución del índice de salario de trabajadores estables.
El Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) analizó el poder de compra de los haberes que convivieron con una fuerte inflación. Y en un reciente trabajo destacó que solo en el primer trimestre del 2018 el haber jubilatorio mínimo logró posicionarse en mejor situación que en 2017. En los meses restantes, el haber jubilatorio mínimo no logró alcanzar la variación de los precios y fue perdiendo capacidad de compra.
“En noviembre de 2018 las jubilaciones alcanzaron el piso de caída real. En diciembre se estima que solo podrá acceder al 87% de los bienes que consumía en el mismo mes del año pasado”, marca ese trabajo.
Por esa nueva Ley de Movilidad, entonces, los jubilados perdieron un mes completo del haber mínimo: es un cálculo del IARAF, en función de la actualización de haberes contra la inflación.