Modernizar la flota pesquera… en el año 2040

El Dr. César Augusto Lerena, experto en Atlántico Sur y Pesca y asesor en el Senado, a quien ya hemos publicado otras veces en AgendAR, nos envía el siguiente artículo. Creemos que su lectura es necesaria, para un país con un extenso territorio marino con vastos recursos. De los que no tiene conciencia.

«Luego de varias reuniones con la industria naval pesquera y con las Cámaras respectivas, este martes 25 de febrero el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia “Lineamientos para la modernización de la Flota Pesquera”.

Sinceramente llamar “modernización de la flota” a este DNU es ilusorio o inconsciente por parte de los funcionarios firmantes. Manifiestan en los Considerandos que “resulta necesario modernizar la flota pesqueray ponen como límite para comenzar a hacerlo el 1 de enero de 2040 (Art. 2º). Entonces, para esa fecha podrían estar navegando buques pesqueros de más de 40, 60 u 80 años, tan antiguos, como los que desde el año 2000 a la fecha se hundieron 44 con un saldo de 95 trabajadores muertos o desaparecidos.

A confesión de parte relevo de pruebas. Bastaría, con tener en cuenta solo los Considerandos del DNU: “más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la flota pesquera de la REPÚBLICA ARGENTINA posee una antigüedad superior a los estándares internacionales” para tomar una decisión más razonable, sin seguir postergando la solución del problema.

Es fácil de explicar y difícil de entender racionalmente. Si un buque pesquero hoy tiene 45 años -más de cien buques pescando hoy los tienen- en el 2040 tendrá 66 años. Así, seguirán pescando con alto riesgo para la tripulación hasta llegar el día de vencimiento, y no habrá tal renovación en la fecha indicada, no porque el Armador no lo quiera o pueda, sino porque no habrá Astilleros en la Argentina para producir semejante cantidad de buques.

Y será aplicable entonces, el mismo fundamento que hoy el DNU utiliza, para pedir una nueva postergación: “resulta conveniente establecer un plazo acorde a su magnitud, a efectos de contemplar las necesidades de adecuación de la cadena de valor, el desarrollo paulatino de la industria de la construcción y reparación de buques pesqueros…”. ¡Un verdadero cuento de la buena Pipa!

El gobierno sigue sin contemplar la principal razón de la renovación de la flota: asegurar la vida de los tripulantes desde hoy, no recién a partir de 21 años. Por cierto, no descartamos también, la necesidad de modernizar la flota para hacerla más eficiente.

Se pretende garantizar la construcción de los buques “mediante el permiso de pesca del cual sea titular, y/o la autorización de captura y/o la cuota individual de captura que detente” (Art.3º, 4º y 5º).

Ya se delegó la política pesquera cuando se cuotificaron las capturas, ahora, de aplicarse este DNU, los permisos y cuotas se transformarían en un instrumento financiero en poder de los Bancos. No habrá más -si lo hubo alguna vez- un plan político pesquero nacional sustentable y, las entidades financieras, en una libre circulación de capitales, negociarán la venta de permisos cualquiera sea el empresario.

Por el citado artículo los empresarios pesqueros podrían utilizar como garantía, los permisos y cuotas de pesca, pese a que los recursos pesqueros, que se habilitan en forma transitoria a pescar mediante esos instrumentos, son de propiedad exclusiva del Estado y, el empresario, es un mero concesionario.

Ello se agrava, porque las entidades financieras que reciban como garantía esos permisos de pesca podrán quedarse con los permisos si el armador no cancela la deuda en 180 días, habilitando a que “los Bancos armen paquetes financieros con los permisos de pesca tal como sucedió con las hipotecas en los Estados Unidos y Europa”, con la diferencia fundamental, de que los permisos de pesca habilitan a pescar recursos de patrimonio del Estado y, a consecuencia de esto, éste perderá todo tipo de control sobre ellos si se transfieren como instrumentos financieros.

Además de enajenar, en forma absolutamente gratis el patrimonio nacional, el Estado habrá perdido la capacidad de administrar el recurso y, definir, económica, social, territorial y ambiental, la estrategia pesquera. La pesca se transformará de una actividad productiva a una inmobiliaria y financiera.

                
Por cierto, este DNU no tiene en cuenta la reactivación de los Astilleros Río Santiago y Tandanor, para incorporar a la oferta privada la pública y, ello, requeriría, que el gobierno, recupere su capacidad de administrar en forma eficiente la cosa pública y, que la ineficacia, no sea el argumento para desactivar el Astillero Público, como ha ocurrido hasta hoy, donde, bajo un pretexto u otro, se construyen embarcaciones en Francia o Israel  a mayor precio, quitándole a estos Astilleros la base de sustentación.

Finalmente, se aduce que se dicta este DNU “teniendo en cuenta que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN se encuentra en receso”. Parece poco serio. Estamos a solo tres días del inicio de las Sesiones Ordinarias y se trata en el Senado de la Nación el proyecto del Senador Solanas acompañado por doce Senadores (S-2131/18, 27/6/18) sobre la Industria Naval Pesquera. ¿Por qué habría de justificarse la “Necesidad y Urgencia” de un DNU que tendría efectos prácticos recién el 1 de enero de 2040?
 
La Necesidad y Urgencia, es terminar con la muerte de trabajadores por naufragios que tienen relación con la antigüedad de la flota. De ello no habla este DNU del Poder Ejecutivo Nacional».