Cliqueando aquí, se accede a la Comunicación “C” 84797 del Banco Central, la lista completa de las personas que -a partir de ayer- no podrán hacer operaciones de cambio (compra o venta de moneda extranjera). Todos los bancos y casas de cambio deberán requerir autorización del B.C.R.A. si alguno de ellos se presenta.
Esta medida se dispuso en el marco del decreto 609/19 -el que estableció el límite a los dólares que cada ciudadano podía comprar legalmente.
En AgendAR dudamos antes de hacer accesible esta lista. Es una grosera violación de la privacidad, sin orden judicial, y puede servir de indicación para delincuentes. Pero… está en la página web del Banco Central, y aunque se saque pronto de allí -queremos creer que sucederá- los que tienen malas intenciones ya la habrán copiado. Así, también estamos avisando a los que no se enteraron que están impedidos de comprar o vender moneda extranjera «en blanco», para que consulten a sus abogados y hagan el reclamo.
Corresponde que dejemos clara nuestra posición: no nos oponemos por principio a los controles cambiarios. En algunas circunstancias resultan imprescindibles, y se puede suponer que Argentina está en esa situación. Pero esta medida nos parece absurda e ineficaz, un estímulo al mercado negro de divisas, y sólo nos resulta explicable como la medida improvisada de un gobierno que, literalmente, no sabe donde está parado.