La ciudad de Buenos Aires quiere regular Airbnb y otras formas de alquiler temporario

El Gobierno porteño busca regular el mercado de los alquileres temporarios y propone crear un registro de inmuebles que tengan ese destino. El Ejecutivo local prepara un proyecto de ley que establece que los propietarios deberán estar inscriptos obligatoriamente para ofrecer esta clase de servicios y brindar condiciones mínimas de seguridad.

Actualmente, casi la mitad de la oferta de alquileres en la Ciudad de Buenos Aires es de tipo temporario.

La versión preliminar de la iniciativa prevé la creación de un listado oficial de inmuebles a los que se les permitirá tener como destino el alquiler temporal, que se diferencia con el modelo tradicional en que tiene plazos de estadía menores, suelen tener precios mensuales más altos por estar ya equipados y listos para ser habitados y está destinado a turistas.

El proyecto de ley alcanza no solo a los inmuebles ofrecidos de forma completa sino también a aquellos que ponen en oferta de alquiler solamente alguna de sus habitaciones. El listado en el que deberán estar referenciados llevará el nombre de Registro de Alquileres Temporarios Turísticos y solo los propietarios o apoderados estarán en condiciones de anotarlos.

La nueva regulación abarcaría a aquellos inmuebles ofrecidos en plataformas digitales como Airbnb. Los sitios web y aplicaciones que publiciten alquileres temporarios tendrán la obligación de explicitar el número de registro de cada inmueble y deberán excluir a las propiedades que no cumplan con esa condición.

La aplicación de la ley implicará que los propietarios, para poder ofrecer su inmueble para alquiler temporario, deberán respetar «condiciones de seguridad y habitabilidad» y tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil. Además, habrá que informar con claridad al huésped cuáles son los «servicios ofrecidos, condiciones de los mismos y políticas de reserva y de cancelación».

Una de las condiciones que establecerá la ley para permitir el alquiler temporario es que el reglamento del consorcio del edificio en cuestión no prohíba «expresamente» esa actividad. Además, el propietario deberá notificar al resto de los propietarios de esa edificación que uno de los inmuebles -o habitaciones- estará destinada a fines turísticos.

En casos de incumplimiento, la iniciativa propone multas que van desde las 500 a 25.000 unidades fijas, que es la forma de contabilización de sanciones económicas vigente en la Ciudad. El valor actual de esa unidad es de $21,40, por lo cual la escala iría de entre $10.700 y $535.000.

En el artículo 28° del proyecto, el Gobierno de la Ciudad se compromete a «establecer zonas de beneficios, a fin de alentar la actividad en áreas estratégicas de la Ciudad, garantizando la diversificación de la oferta». En ese sentido, la iniciativa «zonifica» el territorio porteño en tres grandes grupos: alta, medio y baja demanda de alojamiento turístico.

Los últimos datos oficiales muestran que existen apenas 453 inmuebles registrados. De ese total, 143 están ubicados en la Comuna 1 (Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, San Telmo, Monserrat y Constitución), 127 en la Comuna 2 (Recoleta) y 101 en la Comuna 14 (Palermo). En menor cantidad, se registran en la Comuna 3 (Balvanera y San Cristóbal), Comuna 5 (Almagro y Boedo) y la 13 (Núñez, Belgrano y Colegiales).

Paralelamente, la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), que considera al alquiler temporario como una forma de «competencia desleal», tiene en sus registros que las plazas de alquiler temporario alcanzan los 487.000 en Buenos Aires, superando a las 420.000 hoteleras.

El fenómeno de los alquileres temporarios creció en los últimos años y actualmente abarca no solo en los barrios turísticos más tradicionales, sino que según fuentes del mercado ya alcanza a otras ubicaciones. Una de las explicaciones sobre el crecimiento de esta actividad está explicada por la ganancia más alta que da este tipo de alquileres respecto al tradicional.

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