La AFIP podrá cobrar el «impuesto mínimo» a una tabacalera local

La Corte Suprema falló ayer en contra de la firma local Tabacalera Sarandí en una sentencia que permitirá a la AFIP empezar a recaudar una cifra cercana a $ 40.000 millones anuales.. La sentencia revoca una medida cautelar que beneficiaba a la empresa argentina y la eximía del pago de un impuesto.

La causa se inició a partir del llamado “impuesto mínimo” que rige para las grandes tabacaleras y del que Sarandí había quedado eximida, al anteponer una medida cautelar ante la Justicia, que es la que acaba de ser revocada por la Corte.

La historia de ese impuesto mínimo se remonta a 2004. El entonces presidente, Néstor Kirchner, y su entonces jefe de Gabinete, Alberto Fernández , firmaron el llamado “Convenio para mejorar la recaudación y evitar la evasión en el mercado de los cigarrillos”. En 2008, ya con Cristina Kirchner en la presidencia, se envió un proyecto al Congreso para darle carácter de ley al impuesto. Se aprobó mediante la ley 26.467. En 2017, en la reforma tributaria de Mauricio Macri , se modificó el cálculo y se determinó que el gravamen era fijo y se ajustaba por inflación.

La norma estableció que después de pagar ese impuesto mínimo, una manera de desincentivar el consumo de tabaco, se debería calcular los otros. En ese momento, Sarandí recurrió a la Justicia para pedir la exención del pago con el argumento de que las pymes debían quedar eximidas de este impuesto.

Tabacalera Sarandí es una empresa del grupo Madero Sur, controlado por el empresario Pablo Otero. La firma se hizo fuerte en los últimos años con su marca Red Point y hoy controla aproximadamente 15% del mercado tabacalero local, que históricamente estuvo dominado por dos multinacionales: Massalin Particulares -una filial del grupo Philips Morris- y BAT Argentina (ex Nobleza Piccardo).

Hace un par de años, Sarandí cerró un acuerdo de asociación con la compañía inglesa Imperial Tobacco, para empezar a comercializar en el país la marca de cigarrillos West.

Tras conocerse el fallo, Tabacalera Sarandí cargó contra las multinacionales del sector y la Corte Suprema. “El fallo dictado por la CSJN causa un grave perjuicio a Tabacalera Sarandí S.A. al vulnerar los más básicos derechos y garantías constitucionales en materia fiscal, al tiempo que beneficia abiertamente los intereses económicos de las dos empresas multinacionales que concentran gran parte del mercado tabacalero nacional e internacional, todo ello en claro desmedro del capital y del trabajo argentinos”.

“Tabacalera Sarandí S.A. arbitrará todos los medios y acciones que se encuentren a su alcance para resguardar sus legítimos derechos y defender los intereses de las empresas y trabajaros nacionales que son abiertamente avasallados por el poder económico y el lobby de las empresas tabacaleras multinacionales y que lamentable e inexplicablemente encuentran cobijo en las máxima esfera del poder judicial argentino”, agregó la empresa a través de un comunicado.

El actual presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz se excusó de intervenir en el fallo por “razones de decoro y delicadeza”. El juez había sido recusado por la tabacalera porque antes de asumir en la Corte había tenido tenido distintos vínculos con Philip Morris (en la Argentina, Massalin Particulares) y British American Tobacco (Nobleza Picardo), que podían ser beneficiadas como competidoras de Sarandí en la resolución del caso.

VIALa Nación - Alfredo Sainz