El gobierno nacional anunció anoche que desde hoy, sábado 26, se prorroga el Decreto de Necesidad y Urgencia, en vigencia hasta ayer, de medidas de prevención de contagios. Y lanzó la Decisión Administrativa 2021-643, que tiene el título CIERRE DE FRONTERAS. Pero es un cierre parcial y una lista de precauciones. Para acceder al texto publicado en el Boletín Oficial, cliquear aquí.
A continuación, un resumen de las medidas:
Las fronteras continúan cerradas al turismo. Todo aquel que no sea argentino y quiera ingresar al país con el propósito de hacer turismo no podrá hacerlo.
Continúan suspendidos los vuelos provenientes de:
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
Chile
Brasil
India
Países africanos
Turquía
Se fija un cupo de 600 pasajeros diarios para el ingreso al país (hasta hoy eran 2000 x día).
Quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la ciudad de Buenos Aires, durante 10 días contados desde el testeo realizado en el país de origen. La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero.
Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los artículos 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 a días a un año, respectivamente.
Los viajeros deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Además, deberán hacerse un testeo al llegar al país y otro testeo al séptimo día de ingreso.
Quienes resulten negativos, al ingreso al país, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobierno provinciales y de la ciudad de Buenos Aires y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.
Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.
Todos los testeos y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero. Asimismo, el viajero deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país.
Para el ingreso autorizado como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros. Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena. Las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.
Nuevos requisitos para transportistas y tripulaciones
Terrestres: los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de Covid negativo que tendrá una vigencia de 7 días de realizado;
Buques: los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales, realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso;
Aéreos: los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; los nacionales, realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos.
El Gobierno reiteró que se recomienda a todos los argentinos y residentes no viajar al exterior, especialmente a aquellos que integran los grupos de riesgo, a fin de evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas.
Además, recordaron que continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.