Los detalles:
El titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo, brindó precisiones de cuáles son los montos máximos de transferencias sin tener que declararlo ante el organismo y qué se podrá comprar. A continuación, los principales detalles
Eliminación de regímenes informativos:
- Desde ahora, no se informarán ante ARCA compras personales con tarjeta de crédito, débito y billetera virtuales. “Los consumos personales van a estar resguardados como toda información privada”, sostiene el comunicado del Ministerio de Economía.
- Los escribanos ya no deberán informar ninguna actividad notarial.
- Los vehículos usados y el régimen de pago de expensas también quedan exentos de ser informados (antes se informaban aquellas que superaban los $32.000). Esto impacta directo en las concesionarias de autos y en los consorcios.
- El comprador o el agente inmobiliario no deberá informar cuando una propiedad se pone en venta.
- Los proveedores de servicios públicos, tales como agua, luz y gas, y las empresas de telefonía no deberán reportar a ARCA los consumos de cada uno de sus clientes.
Suba de umbrales a partir de los cuales los bancos deberán reportar movimientos:
- Sólo se informarán transferencias de personas físicas que superen los $50 millones. En el caso de personas jurídicas, ese piso es de $30 millones. Antes, dichas cifras eran de $1 millón.
- Los plazos fijos sin reportes se elevan hasta $100 millones para personas físicas y $30 millones para las jurídicas. Al igual que en caso anterior, previo a la medida se informaban todos aquellos que se ubicaban arriba del millón de pesos.
- Las extracciones de dinero en efectivo menores a $10 millones realizadas personas físicas y jurídicas tampoco serán reportadas. Para saldos bancarios, el umbral sube a $50 millones.
- Para transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales, que eran obligadas a partir de los $2 millones, se eleva a $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.
- En lo que respecta a tenencias en Alycs, ahora no serán informadas todas aquellas que se encuentren por debajo de $100 millones para personas físicas y tampoco se reportarán las inferiores a $30 millones en el caso de personas jurídicas.
- Las compras de consumidor final serán informadas siempre y cuando superen los $10 millones. Todo lo que se encuentre por debajo de ese monto no tiene la obligación de ser informado.
Por otro lado, Pazo anunció un nuevo régimen simplificado de Impuesto a las Ganancias, centrado en la facturación y los gastos deducibles y se excluye a los consumos personales y validación patrimonial, que entrará en vigencia desde julio. En ese contexto, este nuevo régimen reemplazará al actual sistema de declaraciones juradas.
“No vamos a mirar los consumos personales ni incrementos patrimoniales”, dijo Pazo en la conferencia de prensa. El funcionario explicó que este nuevo régimen pondrá el foco en la facturación.
Según el comunicado oficial, la iniciativa estará disponible a partir del 1 de junio. De esta manera, en el próximo vencimiento de mayo 2026, el ciudadano va a entrar en su perfil en la web de ARCA, ver el monto que le presenta el organismo, aceptar ese monto y pagarlo, o rectificar el monto en función de los datos presentados.
En paralelo, los bancos no podrán solicitar la declaración jurada de impuestos nacionales como condición para operar.
Ignacio Grimaldi y Lucía Pereyra