Nuevas reglas para drones: el gobierno flexibilizó su uso

La Administración Nacional de Aviación Civil ( ANAC) aprobó un nuevo marco regulatorio para la operación de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS),  conocidas popularmente como drones, para facilitar las actividades recreativas, científicas y comerciales de bajo impacto, a diferencia de las de alto riesgo, donde se mantienen las medidas de seguridad.

El nuevo esquema se aprobó mediante la resolución 550/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, siguiendo las orientaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), ya implementadas en otros países ante el desarrollo de las actividades que recurren a la utilización de drones.

La norma modifica lo establecido en la resolución 880/2019 y apunta a contribuir a un “proceso de transformación hacia una aviación no tripulada más abierta, eficiente y alineada con los principios de desregulación y transparencia sin descuidar la seguridad operacional”, de acuerdo con lo señalado en los considerandos.

“Resulta prioritario adoptar medidas que promuevan la simplicidad normativa, orientadas a optimizar la comprensión, aplicación y cumplimiento del marco regulatorio, evitando redundancias, ambigüedades y complejidades innecesarias, teniendo debidamente en consideración el marco regulatorio internacional aplicable en materia de seguridad operacional”, agregó al respecto.

Los cambios para el uso de drones

Con el nuevo criterio de regulación, se deja de lado el sistema único, para dividirlo en dos categorías: abierta (de bajo riesgo) y específica (para actividades de riesgo moderado a alto), a fin de facilitar las operaciones recreativas, científicas y comerciales de impacto menor.

Para ello, se estructuran tres nuevas partes de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC): la Parte 100 establece requisitos generales para todo el país; la 101 incorpora la “Categoría Abierta”, sin necesidad de autorización previa de la ANAC siempre que se cumplan requisitos mínimos de seguridad; y la 102, con la “Categoría Específica”, para lo que se necesitará una autorización de la Administración basada en una evaluación de riesgos.

Antecedentes y fundamentos

En los considerandos de la resolución se cita el decreto 70/2023, que dio el puntapié inicial de lo que luego fue la ley de Bases, se determinó que «es imperativo un reordenamiento integral de la legislación aerocomercial para dotar al mercado de un entorno competitivo que otorgue la suficiente flexibilidad para llegar a todas las ciudades argentinas”.

Posteriormente, se modificó el Código Aeronáutico que, en lo que respecta a las aeronaves no tripuladas, “conlleva la necesidad de adecuar y dictar una nueva reglamentación, de conformidad con los estándares internacionales que rigen la materia”.

“El desarrollo tecnológico de los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS) ha generado un incremento en su utilización con fines civiles, comerciales, científicos, recreativos y de seguridad”, destacó la ANAC, que en consecuencia consideró necesario “actualizar el marco regulatorio” para asegurar “su operación bajo los principios de eficiencia, seguridad y economía, de conformidad con la legislación vigente y en armonía con las recomendaciones formuladas por los organismos internacionales competentes”.

En ese sentido, se abogó tanto por “derogar toda aquella regulación que impida la libertad económica de las empresas que operan en el sector aerocomercial de nuestro país” como la creación de “regulaciones que, sin desmedro de la seguridad operacional, incentiven el crecimiento del sector con inversiones provenientes del ámbito privado”.

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