El Ministerio de Economía habilitó la circulación de los camiones con semirremolques articulados denominados “bitrenes” por todas las rutas nacionales, con la excepción de determinados tramos montañosos, con lo que se espera una importante reducción de costos logísticos al permitir el transporte de mercaderías con menos viajes y menos uso de combustible.
La habilitación se concretó mediante la resolución 1196/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, que cambia el concepto vigente desde 2018, cuando la resolución 884 del ex Ministerio de Transporte dispuso una restricciones al transporte de bitrenes, a los que se autorizaba circular por “tramos muy específicos, inconexos y que cubrían apenas un tercio del total de las rutas nacionales”, según lo señalado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
“El cambio permite un ahorro significativo en los benditos costos de logística en nuestro país”, indicó en uno de sus habituales posteos en la red social X, en el que consideró que la restricción existente “no tiene lógica alguna”, a la que comparó con “un permiso para recordarle a un camionero con un camión de 5 metros de altura que no pase por debajo de un puente con una altura de 4 metros”.
Esquema más flexible
La Secretaría de Transporte destacó que la medida, que parte del criterio de la “exclusión negativa”, adapta la normativa a “un esquema más simple y flexible, alineado con las necesidades de la logística actual”, con una reducción de “cargas administrativas que obstaculizan el proceso productivo del país”.
Además de la habilitación en general, se iguala el tratamiento administrativo para todas las categorías de bitrenes, eliminando los trámites adicionales requeridos para la categoría 3, que generaban demoras superiores a los 90 días.
Desde ahora, solo se restringirá la circulación en los tramos donde se verifiquen riesgos objetivos debidamente fundamentados.
Al respecto, Sturzenegger explicó que esos casos en los que se requerirá permiso son los de “unas pocas curvas muy pronunciadas (son 55 curvas en rutas montañosas de Salta, Jujuy y Tucumán -y una en Chubut-)”, en las que obligarían a cortar el tránsito para acomodar el radio de giro.
“En los tramos afectados por capacidad máxima de puentes bastará con que el peso bruto del vehículo no exceda la capacidad máxima de la estructura (como es hoy para cualquier camión y cualquier puente de Argentina), sin necesidad de permiso alguno”, agregó.
Qué son los bitrenes
Los bitrenes son vehículos de carga combinados, conformados por un camión tractor y dos remolques unidos mediante un plato de enganche, con una mayor capacidad de carga hasta un 75% mayor que la de un camión convencional.
Eso permite una reducción de los costos logísticos para industrias y empresas, mayor seguridad operativa debido a las características del vehículo, y la disminución de emisiones de carbono por viaje realizado, destacó Transporte en un comunicado.
La resolución unifica los criterios para todas las categorías de bitrenes y elimina los trámites adicionales que se exigían exclusivamente a la categoría 3 (con una longitud de hasta 30,25 metros y un peso total de 75 toneladas), los cuales para Transporte “ya no se justifican”.
El posteo de Sturzenegger
En su mensaje por redes sociales, Sturzenegger indicó que con la normativa anterior “un bitren de más de 25,5 metros que saliera de Buenos Aires no podía llegar a 13 de las 23 provincias, ¡ni haciendo todos los desvíos posibles!”, además de exigir “un permiso para circular -¡por camión!- que, en condiciones “normales”, demoraba meses en aprobarse”.
“La justificación de la restricción era que había rotondas o segmentos donde los bitrenes, por tamaño, no logran circular. Pero pensándolo un poco esto no tiene lógica alguna”, sostuvo el funcionario, que también argumentó que “hay calles angostas por las que un camión común no puede circular, puentes con capacidad máxima que es superada por camiones comunes, o alturas máximas que hay que observar, etc.; pero nada de eso lleva a la necesidad de exigir un permiso previo de circulación”.