El gobierno nacional declaró la emergencia agropecuaria para las cuatro provincias más afectadas por las inundaciones: Santa Fe, Corrientes, Chaco y Santiago del Estero, tras la recomendación de la Comisión Nacional de Emergencia y Desastres Agropecuarios (CNEYDA).
La ley de emergencia contempla una prórroga del vencimiento del pago de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y a los bienes personales, mientras dure el período de emergencia. Además, activa el plan de emergencia estipulado en el programa permanente para deuda exigible con un plazo de hasta 48 cuotas, y suspende durante el plazo de la emergencia -en este caso, un año- la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos de los contribuyentes incluidos en el decreto.
Si los juicios ya estuvieran en trámite, deberán paralizarse hasta el vencimiento del plazo fijado. Otro punto: cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda debido a las inundaciones, se podrá deducir el 100% de los beneficios derivados de esas ventas en el impuesto a las ganancias.
Agroindustria informó también de una línea de crédito a cinco años, con dos de bonificación. Por otro lado, se instruyó a la Dirección de Control Comercial Agropecuario tomar en consideración la situación de emergencia para la autorización de faena de hacienda liviana, mientras permanezca la contingencia climática. Además, el Banco Nación aplicará beneficios para los productores afectados como la espera de vencimientos, suspensión de hasta 90 días de la iniciación de los juicios y procedimientos administrativos por cobros de deuda.