Este martes 28, se presentó por 8° vez el proyecto que permite la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14. Sus impulsores apostaron, y en buena parte consiguieron, que luna “marea verde” saliera a las calles como lo hizo en 2018. Convocaron a concentrarse frente al Congreso, y organizaron pañuelazos y festivales en el interior y también en el exterior.
La Campaña por el Aborto Legal Seguro y Gratuito destacó que la iniciativa ingresa al Congreso con algunas modificaciones respecto al proyecto que fue aprobado el año pasado en Diputados y rechazado en el Senado.
Esta vez, no se habla sólo de mujeres con derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. El proyecto describe como sujeto de derecho al aborto a “toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar”. Esto, dice la Campaña, se dio “en el marco de la ampliación de derechos respecto del reconocimiento y respeto de la identidad de género de cada persona, entendida como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento”.
La cobertura de la práctica, en tanto, deberá ser “integral y gratuita” en los tres sectores del sistema de salud (público, de seguridad social y privado). Asimismo, no se requerirá autorización judicial y deberá realizarse “en un plazo máximo de 5 días corridos desde su requerimiento”. Y el plazo de las 14 semanas de gestación podrá extenderse en casos de violación o si corre riesgo la vida o salud integral de la mujer o persona gestante.
En cuanto a la despenalización, el proyecto dice: “No es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional”. En la misma línea, añade que “la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere que otro se lo causare en ningún caso será penada”.
El proyecto no incluye la objeción de conciencia, ya que entiende a la interrupción legal del embarazo como un derecho. Además, establece una pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena “la autoridad de un establecimiento de salud, profesional o personal de salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados. La pena se elevará de uno a tres años de prisión si, como resultado de esta conducta se hubiera generado perjuicio en la salud de la mujer o persona gestante. Si como consecuencia de esa conducta resultara la muerte de la mujer o persona gestante, la pena se elevará a cinco años de prisión”.
Por último, la iniciativa exige la implementación de la Ley de Educación Sexual Integral y asegura que “el contenido curricular sobre aborto debe ser enseñado como un derecho de las mujeres y personas gestantes, a través de contenidos científicos, laicos, confiables, actualizados y con perspectiva de género que puedan fortalecer su autonomía”. También insta a garantizar a la persona que demanda el aborto “información objetiva, pertinente, precisa, confiable, accesible, científica, actualizada y laica sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles, así como la provisión” de los mismos.
Tanto los que promueven este proyecto como los que se oponen, tienen presente que este es un año electoral. Y consideran que servirá como definitorio de posiciones y valores. En realidad, más que como la presentación de un proyecto para ser aprobado, debe verse como la expresión de un debate enconado en el seno de la sociedad argentina.