Para atraer nuevas inversiones por parte de empresas que ya están instaladas en el país, y -eventualmente, de futuras radicaciones- el Gobierno flexibiliza parcialmente las restricciones cambiarias para transferir sus utilidades al exterior. Es decir, lo hace menos gravoso.
La Comunicación «2» 6869 del Banco Central publicada ayer jueves a la tarde establece el monto total de transferencias por utilidades y dividendos que realice una empresa al exterior no podrá superar el 30% del valor de los nuevos aportes de inversión extranjera directa en empresas residentes ingresados a partir de la fecha.
Esto no significa que las empresas extranjeras no pueden transferir ganancias a sus casas matrices o a accionistas no residentes. Pero si deciden hacerlo, sólo podrán conseguir los divisas en el mercado oficial al precio de (aproximadamente) $ 60 por dólar hasta un 30% del monto de nuevas inversiones que hagan.