1. Aumento del salario mínimo
El martes, tras la reunión del Consejo del Salario, Alberto Fernández anunció un aumento del salario mínimo vital y móvil que superaría la inflación proyectada para este año. Se definió una suba de 52,7% entre marzo de este año y el que viene. El nuevo esquema implica un 13% de aumento más para el 2021. En septiembre habrá una del 9% ubicando al salario mínimo en $31.104. En octubre llegará a $31.938 (4% de incremento) y, en febrero, subirá a $32.616 (3% más).
El piso salarial repercute en los trabajadores no agremiados y es la referencia para el salario inicial docente (por ley debe estar al menos un 20% por encima del salario mínimo); los planes sociales (la mitad del monto representa el salario social complementario), y los haberes jubilatorios (determina el 82 por ciento móvil).
2. Suba en el piso exento del impuesto a las Ganancias
Se oficializó la suba del piso de exclusión del impuesto a las Ganancias. Lo llevó de $150.000 a $175.000 solo tres meses de la entrada en vigencia del último cambio. Aunque representa un alivio para los contribuyentes, los especialistas remarcaron que se trata de un analgésico a corto plazo con desincentivos a la mejora salarial.
Las escalas del impuesto a las Ganancias antes y después de la reforma.
Según Lisicki Litvin & Asociados, quienes sean solteros y superen una remuneración bruta de $180.000 tendrán una retención de $13.638,39 mientras que antes hubieran pagado $17.574,65, un ahorro del 22%. El casado con dos hijos, con los mismos haberes, estaría dentro de la alícuota del 27% por las cargas familiares, a diferencia del soltero que cae en la del 31%. Ganando $20.000 más, es decir, un ingreso de $200.000, el primero estará en el escalón de 35% y pagará $20.272,35 y al segundo le corresponderá el 31%, $12.894. Ambos ahorran 14%. Todos los que tengan un salario de $300.000 ya estarán en la mayor alícuota y tendrán una retención de $55.130,13 y $45.972,18, respectivamente.
La exención tendrá efectos en los bolsillos de los trabajadores formales en los primeros quince días de noviembre. Sin embargo, no tendrá impacto en los autónomos y, a diferencia de la última modificación, el beneficio no es retroactivo.
3. Amnistía fiscal y extensión de la moratoria
El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó esta semana un proyecto de “alivio fiscal” para pequeños contribuyentes. La iniciativa otorga una amnistía fiscal para asociaciones sin fines de lucro y a PyMES con deudas menores a los $100.000. Además, extiende la moratoria que ya estaba vigente.
El proyecto tiene dos partes. Por un lado, implica un “borrón de deudas” para entidades sin fines de lucro y pequeños contribuyentes con pasivos inferiores a $100.000 hasta el 31 de agosto. “Se condonan las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054 y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal”, se lee en el texto.
Según los especialistas consultados, ingresan dentro de esta categoría clubes de fútbol pequeños o de barrio, comedores, iglesias, entre otras actividades, muchas de ellas gestionadas por trabajadores autónomos. Según los fundamentos del proyecto del presidente de la Cámara de Diputados, “esta propuesta es altamente beneficiosa para cerca de 45.000 entidades sin fines de lucro que registran deuda ante el fisco por cerca de $15.000″.
En segundo lugar, la iniciativa de Massa busca ampliar la moratoria que incluía deudas registradas hasta el 31 de julio del 2020. La nueva fecha tope sería el 31 de agosto de 2021.“En la actualidad, la deuda corriente post pandemia asciende a cerca de $290.000 millones, concentrada en Mipymes. Este importe equivale al 36% de la recaudación mensual promedio (hoy en $ 825.000 millones)”, dice el borrador.
“El presente proyecto de ley tiene como objetivo el fortalecimiento de la reactivación económica y dar una señal clara para la salida de la pandemia”, dicen los fundamentos de la iniciativa presentada por Massa.
4. Extensión del REPRO
El martes se publicó en el Boletín Oficial la extensión del Repro II y del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para septiembre.
Se trata de una asistencia brindada por el Estado para el pago parcial de salarios en empresas de sectores críticos por la pandemia. El plazo de inscripción va del 24 al 30 de septiembre. Se fijaron las condiciones para aplicar a la preselección.
Los potenciales beneficiarios deberán acreditar:
Una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre agosto 2021 y agosto 2019.
Periodo de referencia de pagos a acreditar: autónomos: de 01/2021 hasta 07/2021 y monotributo: de 2/2021 hasta 8/2021
Corte de pago monotributistas: pagos hasta el 23 de septiembre de 2021 inclusive.
5. Exención de Ganancias para instrumentos financieros
Con intención de fomentar el consumo y evitar el ahorro en dólares, el Gobierno puso en marcha, a través de una reglamentación, una ley sancionada a mediados de julio que modificaba algunos puntos de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. En la norma, se eximió a las obligaciones negociables en pesos, los instrumentos en pesos destinados fomentar la inversión productiva en el país, los plazos fijos ajustados por inflación y aquellos Fondos Comunes de Inversión (FCI) que inviertan mayormente en títulos, bonos o demás títulos valores emitidos en la Argentina.El Gobierno busca fomentar algunos tipos de inversiones como: depósitos en pesos, colocaciones de capital destinadas a fomentar la inversión productiva, fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. Se reglamentó que los rendimientos e intereses de la colocación de capital de instrumentos emitidos en pesos destinados a fomentar la inversión productiva no pagarán impuestos a las ganancias, así como también quedarán exentos de la tenencia en el impuesto sobre los bienes personales.
6. Jubilaciones anticipadas para desempleados
Comenzó a circular un borrador de decreto de necesidad y urgencia que permitiría que un grupo de personas desocupadas acceda a una parte de su jubilación 5 años antes de la edad fijada por la ley. El proyecto, que se encontraría en manos de Juan Manzur, el nuevo jefe de Gabinete, indica que durante un plazo de dos años se habilitará el acceso a una prestación, dentro del régimen jubilatorio contributivo, a mujeres y varones con 55 años y con 60 años cumplidos, respectivamente. Las edades requeridas por ley en sistema general que gestiona la Anses son de 60 y 65 años, cada caso.
Se presentarían dos condiciones. Por un lado, se exigiría contar con 30 años de aportes para poder cobrar la “prestación anticipada”. Los solicitantes deberán acreditar 30 años “de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad” con aportes “efectivos”.
La otra exigencia es estar desocupado al 30 de junio de este año. El cobro de la prestación sería incompatible con el trabajo en relación de dependencia o por cuenta propia, o con la percepción de algún plan social o beneficio previsional.
7. Nuevo IFE
El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) se cobró tres veces desde el inicio de la pandemia, justificando su necesidad en el cierre de actividades por las restricciones impuestas. Los destinatarios fueron cerca de 9 millones de personas de los sectores más vulnerables del país. En 2021 no se volvió a implementar pero, tras las elecciones, cobró mucha fuerza la vuelta del beneficio.
Se espera un anuncio para la cuarta edición, que prevé un subsidio de alrededor de $15.000, a confirmarse. Aunque todavía no se abrió la inscripción, el formulario para actualizar los datos en ANSES está habilitado.
Requisitos para cobrar el IFE
Estar desocupado.
Estar trabajando en la economía informal.
Ser monotributista inscripto en la categoría “A”.
Ser monotributista inscripto en la categoría “B”.
Ser monotributista social.
Ser trabajador de casas particulares.
Estar domiciliado en el territorio nacional.
Ser argentino, nativo o naturalizado.
Tener residencia legal en el país no inferior a dos (2) años contados desde la fecha de esta solicitud.
Tener entre 18 y 65 años.
No convivir con los padres en caso de ser menor a 25 años.
No estar registrado como monotributista en la categoría “C” o una categoría superior, y no estar registrado en el régimen de autónomos.
No tener miembros del grupo familiar registrados como monotributistas en la categoría “C” o una categoría superior ni registrados en el régimen de autónomos.
No encontrarse privado de la libertad, bajo cualquier modalidad.
No percibir, ni el solicitante ni algún miembro del grupo familiar, ingresos por: trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; prestación por desempleo; jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tampoco ser beneficiario de planes sociales, salario social complementario, los programas Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales. Quedan exceptuados los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o Progresar.
8. Medidas no anunciadas formalmente
Otras de las medidas comentadas por funcionarios sin anuncio oficial fueron: bono para los jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Se esperan más anuncios para la semana entrante y en las próximas.