La clave del impuesto a los bienes en el exterior no declarados: una ley de EE.UU.

El proyecto de un impuesto de emergencia a «los bienes situados y/o radicados en el exterior que se localicen o detecten … y no hayan sido declarados ante la AFIP» que presentó en el Senado el oficialismo depende, en apariencia, de los convenios que ha celebrado la AFIP con el IRS –Internal Revenue Service, el organismo recaudador de EE.UU.- y otras agencias de recaudación de muchos países.

El problema es que la mayoría de esos acuerdos no son de aplicación automática: requieren, en cada caso, de un pedido específico de un juez o de otra autoridad competente. Y su trámite puede ser largo. La aplicación de esta ley, si se aprueba, requeriría de un largo trabajo de investigación y de diplomacia por parte de nuestro gobierno.

Pero hay otro factor que puede ser decisivo, apunta el periodista Gabriel Morini. Y es el motivo de la reunión de la vicepresidenta Cristina Kirchner con el embajador Marc Stanley: la ley FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act, Ley de Cumplimiento Fiscal para Cuentas en el Extranjero).

Se trata de una legislación que EE.UU. aprobó en 2010 y exige a entidades financieras extranjeras de todo el mundo que informen los movimientos de cuentas de clientes que sean ciudadanos estadounidenses.

(Si el congreso argentino aprobara una ley semejante, la oposición la denunciaría como un delirio de omnipotencia, violador del derecho internacional. Pero la oposición y el oficialismo en EE.UU. no toleran, al menos en público, la evasión impositiva).

Esta ley FATCA es, claro, una ley nacional, aunque haga exigencias a bancos extranjeros. Reclama que se informe al IRS sobre las cuentas de ciudadanos estadounidenses en el exterior (en su país ya la tienen). No se aplica, naturalmente, a ciudadanos de otros países.

La clave entonces de la reunión del lunes que se muestra en la foto que encabeza esta nota sería un pedido al gobierno de EE.UU. para que haya “reciprocidad” en el flujo de información y “masividad” para que se corran automáticamente los datos bancarios que permitan detectar personas físicas o jurídicas argentinas que hayan constituido activos como titulares o beneficiarios finales y no tener que reclamar caso por caso.

Este sería un intercambio de información financiera como el que busca Argentina con Paraguay pero en mucha mayor escala.

Según resolución del IRS, esa información que podría recopilar para intercambio es a nivel federal, lo que incluiría la actividad de las entidades financieras domiciliadas en Delaware, Dakota del Sur, Alaska, Florida o Nevada. Estas jurisdicciones están en orden de acuerdo a la tabla de opacidad financiera que recopila una ONG, Tax Justice Network, Red para Justicia Fiscal.

El periodista cita al final el cálculo estimado sobre los dólares fuera del sistema –»colchón» o fuera del país- que alcanzarían una cifra cercana a los u$s 290.000 millones. Los tributos que el fisco no recaudó pueden, así, ser cercanos al 50% del PBI de la Argentina.

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