Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo de la provincia de Buenos Aires

Mara Ruiz Malec, ministra de Trabajo de Buenos Aires

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires dictó la Resolución 135/2020 que establece un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo en el marco de la EMERGENCIA PANDEMIA COVID-19. Es de cumplimiento obligatorio para el empleador, sus socios, representantes e integrantes de los órganos en caso de tratarse de sociedades de cualquier tipo, trabajadoras/es y todas aquellas personas ajenas al establecimiento que ingresen al mismo.

Según explicó la titular de Trabajo, Mara Ruiz Malec, cuando se verifique que las condiciones de trabajo “no se ajusten a la normativa, en especial respecto de las indicaciones de distanciamiento interpersonal, del lavado de manos con agua y jabón en forma frecuente, de la provisión y utilización del alcohol en gel para las manos cuando se manipulen cosas a causa del trabajo, de la ventilación del lugar y la desinfección de los objetos y herramientas de uso frecuente, o incumpliera las previsiones dispuestas, la conducta será considerada como infracción muy grave” y se podría incurrir en la suspensión de tareas.

“Las medidas que así se dispongan no afectarán de forma alguna el derecho de los trabajadores al cobro íntegro y regular de las remuneraciones, como tampoco a ningún otro derecho o garantía que los proteja y que se deriven de la relación de trabajo”, subrayó la ministra.

CEPBA, la Confederación Económica de la provincia de Buenos Aires, ha puesto a disposición el Manual, que compartimos con nuestros lectores.

Para acceder al Protocolo, cliquear aquí.